Christine McNab
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Declaración de la JIFE, la OMS y la UNODC sobre el acceso a los medicamentos sometidos a fiscalización internacional durante la pandemia de COVID-19

14 de agosto de 2020
Declaración
Viena y Ginebra

Alcance (pacientes de COVID-19 y otros pacientes afectados por la pandemia)

 La Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) hacen un llamamiento a los gobiernos para que velen por que la adquisición y el suministro de medicamentos sometidos a fiscalización internacional en los países satisfagan las necesidades de los pacientes, tanto de los que tienen COVID-19 como de los que los necesitan para otras afecciones.

 Es preciso garantizar el acceso a sustancias fiscalizadas, como los sedantes y los analgésicos, para los protocolos de intubación durante el tratamiento de pacientes con COVID-19. El resto de pacientes siguen necesitando medicamentos fiscalizados para el tratamiento del dolor y los cuidados paliativos, la atención quirúrgica y la anestesia, la salud mental y las afecciones neurológicas, así como para el tratamiento de los trastornos por consumo de drogas.

 Es importante recordar las necesidades de los pacientes que ya antes requerían medicamentos sometidos a fiscalización internacional para manejar sus afecciones. Su acceso a estos medicamentos era dificultoso incluso antes de la pandemia de COVID-19, pero esta ha provocado, además, interrupciones en la cadena de suministro de medicamentos. Es fundamental que el acceso a los servicios de salud y los medicamentos esenciales no se olvide ni se deje en segundo plano durante esta pandemia.

 Necesidad de un acceso equitativo

Dado que la pandemia tiene una incidencia cada vez mayor en los países con una infraestructura y servicios de salud con recursos insuficientes, es un imperativo ético garantizar que todas las personas de todos los países del mundo puedan tener acceso a los medicamentos esenciales. Esto incluye los medicamentos que están sometidos a fiscalización internacional.

 Los gobiernos deben velar por que las personas que reciben atención médica dispongan de cantidades suficientes de medicamentos sometidos a fiscalización internacional de calidad garantizada y que puedan adquirirlos a un precio asequible. Durante la pandemia y tras la fase aguda de carga para la infraestructura sanitaria, es fundamental que los gobiernos colaboren para garantizar que ningún país, ninguna región, ningún distrito, ninguna ciudad y ningún paciente se quede atrás. Las autoridades nacionales competentes, los fabricantes, los proveedores y los distribuidores desempeñan una función clave para garantizar que los medicamentos sometidos a fiscalización internacional que se necesitan con urgencia para los tratamientos médicos estén disponibles dentro y fuera de las fronteras nacionales. La cadena de suministro es la base de una atención médica de calidad ya que, si no se dispone de los suministros necesarios, incluidos los medicamentos esenciales fiscalizados, los pacientes sufren.

 Soluciones para superar los obstáculos

Se recuerda a los gobiernos que, en casos de emergencia grave, es posible, en virtud de los tratados de fiscalización internacional de drogas, utilizar procedimientos simplificados de control de la exportación, el transporte y el suministro de medicamentos que contengan sustancias fiscalizadas, especialmente en los casos en que las autoridades competentes de los países importadores no operen a plena capacidad. Las autoridades nacionales competentes pueden permitir la exportación de medicamentos que contengan estupefacientes o sustancias sicotrópicas a las zonas afectadas, aunque no cuenten con las correspondientes autorizaciones de importación o sus estimaciones. No es necesario incluir los envíos urgentes en las estimaciones de los países receptores afectados por las emergencias. En la medida de lo posible, se alienta también a las autoridades nacionales competentes a que expidan autorizaciones electrónicas de importación y exportación por conducto del Sistema Internacional de Autorizaciones de Importaciones y Exportaciones (I2ES) de la JIFE, PEN Online, y a que compartan las medidas de contingencia conexas en el foro correspondiente.

Los países deben atenuar las restricciones de transporte relacionadas con la COVID-19 para los medicamentos fiscalizados y estudiar soluciones de producción local, cuando sea viable, para hacer frente a los picos de demanda derivados de la COVID-19.

Para ayudar a los países a encontrar soluciones a la falta de acceso y disponibilidad de medicamentos fiscalizados, las tres organizaciones sugieren a los países que consulten los siguientes documentos de asistencia técnica y apoyo:

  • La Guía para estimar las necesidades de sustancias sometidas a fiscalización internacional elaborada por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes y la Organización Mundial de la Salud, para ayudar a las autoridades nacionales competentes.
  • El conjunto de instrumentos de la OMS sobre la atención clínica de las infecciones respiratorias agudas graves, que incluye orientaciones sobre el uso de medicamentos fiscalizados para el tratamiento de los pacientes con COVID-19.
  • Las orientaciones operativas de la OMS para mantener los servicios esenciales durante un brote, a fin de equilibrar las exigencias de la respuesta a la pandemia de COVID-19 con la garantía, al mismo tiempo, de que se mantengan los servicios sanitarios esenciales y el suministro de medicamentos para otras afecciones médicas en curso.
  • Las orientaciones normativas, como la Lista de Medicamentos Esenciales de la OMS y las orientaciones para la gestión farmacológica y radioterapéutica del dolor oncológico en adultos y adolescentes.
  • Las estrategias presentadas en la guía técnica de la UNODC «Aumento del acceso y la disponibilidad de medicamentos fiscalizados», elaborada en colaboración con expertos, asociados de la sociedad civil y otros asociados internacionales.
  • En el marco del Programa Mundial Conjunto de la UNODC, la OMS y la UICC, se alienta, asimismo, a los países a que se pongan en contacto con la UNODC y la OMS para obtener asistencia técnica y apoyo a nivel nacional, en la que también participen asociados de la sociedad civil. <

     Conclusiones

     Es necesario apoyar la labor del personal médico y de enfermería y de los profesionales de la salud en general, que proporcionan tratamiento y atención a las personas, incluidas las más vulnerables. Además, es fundamental garantizar la disponibilidad y el acceso en todo momento a medicamentos seguros y eficaces a precios asequibles para las personas que los necesitan.

     La JIFE, la OMS y la UNODC se comprometen a seguir colaborando para hacer frente a esta cuestión fundamental y ampliarán los esfuerzos conjuntos para colaborar con otros asociados y aumentar la promoción y la asistencia técnica a los países a fin de mejorar el acceso a los medicamentos fiscalizados durante la pandemia de COVID-19 y mitigar los obstáculos con miras a garantizar que tanto los pacientes afectados por la COVID-19 como por otras afecciones que requieren medicamentos bajo fiscalización internacional tengan acceso a ellos cuando los necesiten. 

Contactos para los medios

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OMS

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